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Documentación

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MARGUISA proporciona una forma profesional de gestionar y resolver cualquier posible reclamación del modo más eficaz y rápido posible.

En el caso de pérdida o daños en su mercancía mientras esta en manos de MARGUISA, nuestro procedimiento te ayudará a saber que hacer, como gestionar una reclamación y que puedes hacer para minimizar los riesgos de daños a la mercancía.

Qué hacer si observamos un daño en nuestra mercancía

  1. Contacta al agente de MARGUISA tan pronto como descubras el daño en tu mercancía. Si no procedes de este modo tu derecho a una compensación puede verse afectada. Es importante que lea detenidamente el clausulado del MARGUISA Bill of Lading. Asegúrate de enviar tu reclamación de tus daños por escrito. El agente de MARGUISA decidirá si acude a realizar una tasación conjunta de los daños.
  2. Haz fotos de todos los bultos dañados así como de los daños al contenedor. Asegúrate que el número de contenedor es claramente visible en la puerta y lateral del contenedor. Haz fotos que muestren evidencias de que el contenedor ha sido dañado (agujero, abolladura, etc), malas condiciones (óxido excesivo, juntas de las puertas viejas y en mal estado) o que estuvo sumergido en agua ( línea visible de agua en el lateral del contenedor, etc). Las fotos se deban hacer desde el interior y el exterior del contenedor.
  3. Contacta inmediatamente al perito indicado en la póliza de o certificado de tu seguro.
  4. Minimiza los daños. Eres responsable según los términos del contrato de transporte (Bill of Lading) de limitar la pérdida mediante venta de salvamento, limpieza, reempaquetado de la mercancía o cualquier otro medio posible.
  5. No varíes las condiciones y packing de la mercancía antes de que llegue el surveyor a menos que sea estrictamente necesario.
  6. Notifica inmediatamente al agente de MARGUISA. Toma nota del aviso preliminar de reclamación de The Hague and Hague/Visby Rules art. 3(6), según indica.
A menos que se notifique por escrito la pérdida o daño y la naturaleza general de dicha pérdida o daño al transportista o su agente en el puerto de descarga antes o en el momento de la entrega de las mercancías bajo la custodia de la persona autorizada en virtud del contrato de transporte; o si la pérdida o el daño no son evidentes dentro de un plazo de tres días, dicha remoción será prueba prima facie de la entrega por parte del transportista de las mercancías como se describe en el conocimiento de embarque.

Documentación necesaria

Los siguientes documentos para la reclamación de deben enviar al agente de MARGUISA, en particular:

Para carga SECA:

  • 7.1 Bill of Lading.
  • 7.2 Factura comercial con el coste de la mercancía dañada.
  • 7.3. Packing list.
  • 7.4 Prueba de los daños (fotos de los daños de mercancía).
  • 7.5 Invitación formal al agente de MARGUISA para acudir a la tasación.
  • 7.6 Informe del perito.
  • 7.7 Justificante del seguro.
  • 7.8 Prueba de haber mitigado la pérdida (venta de salvamento) o evidencia de que la mercancía es pérdida total (Certificado de destrucción).

Para carga REFRIGERADA/CONGELADA (documentación adicional a la requerida en para la carga seca):

  • 7.9 Fecha de recolección del producto.
  • 7.10 Fecha de empaquetado del producto.
  • 7.11 Fecha de carga de la mercancía en el contenedor.
  • 7.12 Fecha final de entrega del contenedor.
  • 7.13 Fecha de descarga del contenedor.
  • 7.14 Fotos de estiba de la mercancía en el contenedor.

Una vez completado el expediente para presentar la reclamación, enviad toda la documentación al agente de MARGUISA en el puerto de descarga por escrito.

Prevención de daños a la mercancía

Según el clausulado del Bill of Lading de MARGUISA, el uso de los contenedores por parte del Merchant proporcionados por el transportista se considera evidencia prima facie de estar en condiciones de uso. Por tanto, el Merchant deberá inspeccionar todos y cada uno de los contendores antes de utilizarlos.

Cuando recojas o cargues tu mercancía en el contenedor asegúrate que:

Para carga SECA:

  • Los contenedores están limpios, exentos de odor y en condiciones adecuadas antes de cargar la mercancía.
  • El packaging de la mercancía es el adecuado para el transporte marítimo.
  • El contenedor se estiba de manera correcta para evitar desplazamientos/aplastamientos durante el transporte.
  • Los contenedores están debidamente cerrados y precintados.

Para carga REFRIGERADA/CONGELADA:

  • Chequea los requisitos de temperatura necesaria para el tipo de mercancía.
  • Pre-enfría tu mercancía a la temperatura correcta.
  • Carga la mercancía en unas instalaciones de frío.
  • No mezclar mercancías incompatibles dentro del mismo contenedor.
  • No cargar mercancía por encima de la línea roja de carga máxima.
  • Carga el contenedor de forma que el aire circule de manera correcta en el interior.
  • Asegúrate de que el contenedor está correctamente cerrado y sellado

Importante recordar

  1. El plazo máximo para la reclamación/demanda por pérdida o daños a la mercancía es de un año desde que la mercancía fue entregada o debió haber sido entregada, a menos que se haya solicitado una extensión de plazo por escrito y haya sido aceptada por el agente de MARGUISA.
  2. Nuestra responsabilidad respecto a la pérdida o daños de su mercancía se limita a lo establecido en los términos y condiciones del reverso del Bill of Lading de MARGUISA.
  3. MARGUISA no es una compañía aseguradora y tiene una responsabilidad limitada según el Bill of Lading. Una vez matizado este aspecto, le aconsejamos se ponga en contacto con el agente local de MARGUISA para una resolución satisfactoria de tu reclamación.

Consulta las Condiciones generales de contratación de los servicios de transporte solicitados a MARGUISA por cualquier persona o entidad.

Ámbito de Aplicación

Estas Condiciones Generales serán de aplicación a todos los servicios de transporte solicitados a MARGUISA por cualquier persona o entidad, hasta la emisión del correspondiente documento que ampare el transporte cuyo clausulado, en su caso, será desde ese momento de aplicación en tanto en cuanto contradigan o no sean compatibles con las presentes Condiciones Generales.

Definiciones

Los presentes términos quedan definidos como a continuación se expone:

  • a) MARGUISA: quiere decir Marguisa Shipping Lines, S.L.U.
  • b) Expedidor/Cliente: quiere decir la persona para la cual la MARGUISA presta efectivamente sus servicios, así como aquella que solicite sus servicios para sí o para terceros e incluye tanto al cargador, como al exportador, remitente, importador, tenedor del documento que ampare el transporte (i.e. conocimiento de embarque, Sea Waybill, albarán de transporte, CMR…), destinatario, consignatario, propietario y/o poseedor de la mercancía.
  • c) <VGM> significa verified gross mass (Peso Bruto Verificado) fijado en el Convenio SOLAS (modificación vigor 1/07/16) y en “Container Weight Verification” contenido también en las ”IMO Guidelines, Section 6”.

Obligaciones de Marguisa y responsabilidad

  1. Si no existieran instrucciones concretas por escrito, MARGUISA podrá organizar a su discreción el transporte, los itinerarios y la manipulación de la mercancía.
  2. Salvo que expresamente se acuerde lo contrario, la responsabilidad de MARGUISA se limitará siempre estrictamente a los daños y pérdidas sufridos por las mercancías, no siendo responsable por tanto y sin carácter limitativo, de pérdidas de beneficios y/o clientes, cláusulas de penalización, retrasos o cualquier otra reclamación distinta de la derivada de daños o pérdidas materiales sufridas por las mercancías. En cualquier caso, la responsabilidad de MARGUISA fuera de los dalos y perdidas sufridos por las mercancías nunca podrá exceder del equivalente al precio del transporte en virtud del contrato celebrado con el cliente.
  3. MARGUISA tampoco será responsable, salvo pacto expreso en contrario, del cumplimiento de instrucciones cursadas después de haberse emitido el documento que ampare el transporte, ni de ninguna contingencia que tenga consecuencia de las referidas instrucciones tardías.
  4. La responsabilidad de MARGUISA estará sujeta a la regulación y normativa nacional o internacional que resulte aplicable al medio de transporte que corresponda en donde se produzcan los daños y/o, tanto para reclamaciones de naturaleza contractual como extracontractual y estará limitada, independientemente de que se funden en responsabilidad contractual o extracontractual, como máximo a las cantidades establecidas en la normativa en vigor del medio de transporte en la que se produzca los daños y/o perdidas.
  5. Cuando no se pueda determinar la fase del trayecto en que sobrevinieron los daños, la responsabilidad de MARGUISA se decidirá con arreglo a lo establecido en la Ley 15/2009 sobre contrato de transporte terrestre de mercancías.
  6. En el supuesto de servicios de depósito y almacenaje de mercancías, Marguisa limitará su responsabilidad de acuerdo con lo establecido en el art. 334 de la Ley 14/20014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.
  7. MARGUISA no será responsable por un error en el etiquetado / declaración de valor o similar realizada por el cargador y/o cliente, de la que puedan derivarse consecuencias arancelarias.

Obligaciones del expedidor

  1. El expedidor será responsable y garantiza la corrección de la declaración del contenido, peso y especialmente de la certificación de la verificación de peso del contenedor (VGM) a efectos del Convenio SOLAS. El expedidor deberá indemnizar a MARGUISA y mantenerla indemne frente a cualquier perdida, daño o gastos que puedan surgir de defectos, errores o inadecuaciones en la declaración del cargador y/o cliente del contenido, peso y VGM del contenedor (VGM).
  2. Asimismo, el expedidor garantiza a MARGUISA la exactitud de la declaración de las mercancías (características, descripción, marcas, números, cantidad, peso y volumen) respondiendo frente a MARGUISA  de las pérdidas, daños, averías y/o penalidades que pueda originarle la inexactitud de la declaración, así como las que tengan consecuencia en un embalaje inadecuado o defectuoso que cause daño a los equipos de manipulación o medios de transporte.
  3. El expedidor será responsable del pago del precio correspondiente a los transportes y demás servicios contratados, que se fijarán con arreglo a las tarifas que MARGUISA tenga en vigor en el momento de la contratación o, en su caso, de conformidad con las tarifas que en cada caso se puedan acordar con MARGUISA atendiendo a los servicios contratados.
  4. En caso de demora en el pago de cualesquiera gastos y servicios prestados por MARGUISA, el expedidor estará obligado al pago del interés de demora fijado en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y demás leyes que la desarrollen y/o modifiquen.
  5. El expedidor está obligado al pago no sólo del precio de los servicios contratados con MARGUISA, sino también de cualquier gasto adicional debidamente justificado producido con ocasión o como consecuencia del transporte. De manera especial los gastos que se ocasionen en la demora de la recepción y/o retirada del contenedor en el puerto de destino serán de responsabilidad solidaria tanto del cargador y/o cliente, como del destinatario, frente a MARGUISA.
  6. Dado que en el precio del servicio establecido MARGUISA inciden los factores relativo a la cotización del combustible y la electricidad, MARGUISA se reserva el derecho de revisar el precio siempre que acredite al Expedidor que dichas revisiones han sido aplicadas por los subcontratistas en la determinación del porte, o utilizadas por los mismos para revisar el importe de dicho porte.

Derecho de prenda o retención

MARGUISA tiene un derecho en general y en particular a retener la mercancía del Expedidor en garantía y para el pago de las cantidades que les sean debidas en virtud de los servicios que se le encomienden. Podrá hacer valer éste derecho por cualquier medio que estime procedente y sea admisible con arreglo a las leyes.

Notificación y prescripción

  1. En el momento de la entrega de las mercancías, el Expedidor o su representante autorizado, deberá verificar las condiciones en que se encuentran las mismas, así como que la cantidad, número y peso de los bultos se corresponden con los datos consignados en la documentación referente al transporte, debiendo informar inmediatamente por escrito al MARGUISA sobre cualquier defecto o pérdida aparente en cualquier pieza, haciendo constar sus reservas por escrito en la documentación de transporte, que se le presente para la entrega de la mercancía. En otro caso, las acciones por pérdidas, averías o retraso no podrán ser ejercitadas.
  2. El plazo de prescripción, o en su caso, de caducidad para iniciar alguna  de las acciones relativas a los servicios prestados por MARGUISA será el previsto, en cada caso, por las normas y Convenios internacionales aplicables al medio de transporte en el que se produzcan los daños y/o pérdidas.

Jurisdicción

Para cualquier reclamación o disputa que pudiera surgir en relación con la interpretación y cumplimiento de las Condiciones Generales o del contrato al que las mismas se aplique, el cliente, expedidor y/o remitente y/o destinatario, expresamente y con renuncia al fuero que pudiese corresponder se someten, a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid y a la Ley española. MARGUISA se reserva el derecho de demandar judicialmente en el domicilio del demandado, expedidor y/o cliente y/o remitente y/o destinatario.

Comunicaciones

MARGUISA podrá comunicar al cliente Cargador/Remitente Destinatario/consignatario o expedidor cualquier circunstancia que afecte directa o indirectamente en la ejecución del transporte, pudiendo realizar la comunicación por cualquier medio disponible, incluyendo por teléfono, comunicaciones electrónicas o avisos a través de la web de MARGUISA.

Independencia

Los términos de estas Condiciones Generales son independientes entre sí. En el caso en que alguna parte de estas Condiciones se declarase nula o inválida, no se verán afectadas las restantes.

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